Reforma a la GN abre puerta a militares activos
- Redacción.
- 25 jun
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El pleno de la Cámara de Diputados se alista para aprobar una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo que abre la puerta para que los militares en activo puedan incursionar en la arena política del país, ello al aprobar modificaciones a ley que les permitiría desempeñar cargos de elección popular o ser funcionarios de cualquier dependencia gubernamental a través de una licencia “especial”.
La iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para expedir la nueva Ley de la Guardia Nacional (GN), así como las leyes secundarias en la materia -derivadas de la reforma a la Guardia Nacional de 2024, con la cual se ordenó su transferencia a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena)-, plantea, entre otras cosas, diferentes tipos de licencias que podrían obtener los elemento militares activos de la GN.
En específico, el Artículo 44 de la nueva Ley de la Guardia Nacional relacionado con la situación de sus integrantes, propone cuatro tipos de licencias para el personal activo que integra este organismo militar: ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite. Es de resaltar que a raíz de la reforma de 2024, se ordenó que la GN estuviera integrada en su totalidad por personal militar, por lo que de facto se trata de integrantes de la Sedena quienes podrán obtener este tipo de permiso.
En el caso de la licencia “especial”, llama la atención que la iniciativa de la mandataria mexicana propone que sólo sea facultad de la persona titular del Ejecutivo Federal o del titular de la Sedena, el conceder o negar esta licencia y en caso de ser concedida, y únicamente será para desempeñar una tarea específica señalada en el permiso.
Asimismo, este permiso especial marca tres escenarios, entre ellos, “desempeñar cargos de elección popular”; no obstante, esta redacción resulta ambigua, ya que no especifica si esta licencia se trata de un consentimiento para que los militare en activo puedan participar en una elección para ser candidatos a jueces, legisladores o incluso competir en un elección presidencial.
De igual forma, se plantea que este permiso “ especial” se les dará “cuando la persona titular del Ejecutivo Federal los nombre para el desempeño de una actividad ajena a la Guardia Nacional”, es decir, cuando un presidente de la República les ordene desempeñar una tarea civil específica.
A su vez, esta reforma determina que también, a través de esta licencia “especial”, el personal militar de la GN podrá desempeñarse como servidor público en dependencias del gobierno, ya que se abre la puerta para que pueda “desempeñar actividades o empleos civiles en dependencias del Ejecutivo Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, en organismos descentralizados o empresas de participación estatal y otras dependencias públicas”.
**Con información de EL ECONOMISTA
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